15 octubre, 2015
Nuevos negocios: cambio importante para abrirlos
La Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalitat y de los gobiernos locales de Catalunya y de impulso de la actividad económica tiene por objeto el establecimiento de los principios y los criterios que deben seguir las administraciones públicas de Catalunya, a los efectos de:
- impulsar la actividad económica mediante la supresión o la reducción de los trámites administrativos de las empresas y de los profesionales para iniciar una actividad económica en Cataluña
- agilizar y simplificar la actividad administrativa
- simplificar las relaciones entre las administraciones públicas de Cataluña mejorando la coordinación entre las mismas
- hacer efectivo el derecho de la ciudadanía, las empresas y los profesionales para acceder al ejercicio de la actividad económica de una manera ágil y eficiente.
Ahora, por fin, parece que será una realidad: la ventanilla única, de la que llevamos tanto tiempo hablando. Desde OTP Enginyeria consideramos que con esta ley mejorará el procedimiento legal para abrir nuevas actividades. Así, la Administración deja en manos del titular y el técnico toda la responsabilidad del cumplimiento de la normativa que le es de aplicación. La Administración se reserva solo la inspección de algunas actividades.
Las cuestiones más complejas de resolver, por parte de las diferentes administraciones, son: la comunicación digital entre todas ellas y evitar pedir documentación previa, que paralice el proceso, algo muy habitual actualmente.
Si se cumple la nueva ley, cuando se tendrá terminada la instalación y se comunique a la Administración, ya se podrá abrir, presentando la documentación necesaria en cada caso.
Eso quiere decir que no se debe obtener ninguna autorización previa. No obstante, atención: debemos cumplir toda la normativa aplicable, la misma que existía hasta ahora.
En este nuevo marco legal, las ingenierías que nos dedicamos a las legalizaciones, en tanto que técnicos conocedores de la normativa que es aplicable en cada caso, tenemos la responsabilidad, frente al cliente, que una vez haya realizado las obras e instalaciones, de acuerdo con lo proyectado, firme la declaración responsable, con total tranquilidad, y se centre en el funcionamiento del nuevo negocio.
El ayuntamiento de Barcelona ha informado hoy, jueves (2.7.2015), sobre la suspensión oficial de licencias de todo tipo de alojamientos turísticos en Barcelona. Esta decisión afectar a la emisión de licencias de hoteles, pensiones, aparthoteles, albergues juveniles, etc.
Según la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, esta suspensión se prolongará durante un año, tiempo durante el que el ayuntamiento elaborará un nuevo plan especial de regulación de alojamientos turísticos, previsto para el primer trimestre de 2016.
Esta nueva tasa ya vigente actualmente se aplicará al registro de certificados de eficiencia energética de edificios, ya sean nuevos o existentes. El objetivo es poder financiar las tareas necesarias para garantizar la calidad del procedimiento y de los datos del certificado de eficiencia energética.
La cuota para cada uno de los expedientes será:
- Certificado de edificios nuevos o grandes rehabilitaciones en fase de edificio acabado:
- Vivienda unifamiliar: 20 €.
- Bloque de viviendas: la tasa será proporcional al número de viviendas del bloque según esta relación: T = 9,69*H + 15,62, donde T será la tasa y H el número de viviendas del bloque.
- Para otros usos, 20 €+0,2 €/m2.
En ningún caso la tasa será superior a 500 €.
- Certificado de edificios existentes:
- Vivienda unifamiliar o piso: 11 €.
- Bloque de viviendas: la tasa será proporcional al número de viviendas del bloque según esta relación: T = 4,90*H + 5,20, donde T será la tasa y H el número de viviendas del bloque.
- Otros usos: 10 € + 0,1 €/m2.
En ningún caso la tasa será superior a 250 €.
Para cualquier duda relacionada con el coste o requerimientos para obtener un certificado de eficiencia energética, no dude en ponerse en contacto con OTP.